BOWLING CAPITAL, es una asociación deportiva de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituida en noviembre del 2021, con el fin de fomentar y patrocinar la práctica del deporte de Bowling, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre e impulsar programas de interés público y social, que se regirá por la Ley 181 de 1995 y sus normas reglamentarias, y por su estatuto.

Somos un club deportivo sin ánimo de lucro, que en un ambiente de sana competencia y convivencia fomenta, patrocina y practica el Bolo, contribuyendo en Bogotá a la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre impulsando programas de interés familiar y social.

Seremos un Club que actuando en el marco de su declaración de valores será reconocido y referente por sus resultados deportivos, la implementación de sus programas, la eficiencia administrativa y financiera, satisfacción de nuestros afiliados, y la generación de valor conjunto a patrocinadores, proveedores, deportistas y su entorno familiar.

Nuestros valores son el corazón de nuestro club. La fidelidad, el sentido de pertenencia, la seguridad, la integridad y la responsabilidad social son los pilares que guían nuestras acciones diarias y nos permiten construir una comunidad fuerte y unida
Poseemos firmeza y constancia en los afectos, ideas y orientaciones del Club y nos esforzaremos cada día en el cumplimiento de nuestros compromisos y metas.
Realizamos todas nuestras actividades con pasión, de forma eficiente y excelente, adaptándonos a los nuevos retos y necesidades, en un ambiente de sana competencia y convivencia.
Comprometidos en prestar especial atención a la protección y bienestar de nuestros afiliados y colaboradores.
Nuestras acciones estarán siempre orientadas a cumplir la promesa de valor realizada a nuestros afiliados, aliados, proveedores y clientes, en un entorno de transparencia, respeto, equidad y responsabilidad.
Contribuimos activamente con el medio ambiente (reciclando, ahorrando agua, manteniendo el orden y aseo y haciendo un uso adecuado de las instalaciones deportivas) y a mejorar la calidad de vida de quienes hacen parte de nuestras familias y entorno social.
ARTICULO 13°. DERECHOS DE LOS AFILIADOS: Los afiliados adquieren los siguientes derechos:
ARTICULO 14°. OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS: Los afiliados están obligados a:
PARÁGRAFO: Los afiliados competidores y los deportistas adscritos, además se obligan a: